El salario mínimo en Segunda División será de 77.500 euros anuales

El convenio colectivo entre la patronal y la AFE establece un salario garantizado para cada futbolista de 77.500 euros anuales en Segunda División a partir de la temporada 2016-2017, subirá un 20% respecto al de este año.

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado martes el texto del convenio colectivo pactado por la Liga de FútbolProfesional (LFP) con la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) por el cual se van a regir sus relaciones laborales durante cuatro temporadas a partir de las 2016-2017.

La principal variación con relación al anterior convenio, cuya vigencia iba a expirar el 30 de junio de 2016, reside en los conceptos retributivos de los jugadores que formen parte de un club de la LFP, tanto en Primera como en Segunda División. De este modo, los futbolistas de la primera contarán con un salario mínimo garantizado de 155.000 euros brutos por todos los conceptos frente a los 129.000 anteriores, mientras en la categoría de plata el mínimo queda establecido en 77.5000 euros, 13.000 más, lo que supone un incremento que ronda el 20%.

El acuerdo contempla seis criterios salariales, incluida la cesión de derechos de imagen, que se incluyen en las retribuciones, con un sueldo mensual mínimo de 4.000 euros en 14 pagas, lo que incrementará sustancialmente el presupuesto de las entidades deportivas en el capítulo de plantilla objeto de inscripción en la LFP.

Desde el punto de vista económico, el convenio recoge la posibilidad de otras percepciones como la antigüedad (a partir de dos años), el cobro del 15% por el jugador en caso de cesión con contraprestación a otro club o igual porcentaje en la compensación por formación de futbolistas con menos de 23 años que, además, podrán obtener la prórroga de su contrato con un incremento de su salario en un 7% en caso de que expire sin que hayan encontrado un equipo alternativo.
Con carácter excepcional, el convenio colectivo recoge la posibilidad de que los clubes dispongan de un máximo de tres futbolistas en las plantilla deportivas con retribuciones menores (72.500 euros en Segunda) durante el primer año si los jugadores reúnen cuatro requisitos: tienen menos de 23 años, llevan tres temporadas en el club, se inscribe al comienzo de la competición y no ha disputado más de 10 partidos con el equipo correspondiente.

Como elemento novedoso, los jugadores, a través de la AFE, podrán participar en la explotación económica de los derechos en las colecciones de cromos, stick stack, etc. La LFP percibirá el 65% y la AFE el 35%.

La normativa insiste en la penalización de los clubes morosos y en cuantos pierdan la categoría por este motivo.

A este respecto, el futbolista profesional tendrá derecho a la extinción de su contrato por un descenso por razones administrativas, sin perjuicio de exigir la indemnización correspondiente.
También se recuerda en un anexo que el futbolista está en su derecho de exigir la rescisión de su contrato en caso del impago de tres mensualidades o de cantidades equivalentes aplazadas de temporadas anteriores.

Los incumplimientos para los clubes seguirán siendo onerosos, ya que si los futbolistas recurren al Fondo de Garantía Salarial, no podrán inscribir jugadores ni participar en las competiciones organizadas por la LFP.

Link: http://www.latribunadealbacete.es/noticia/Z536B0020-0678-54A6-A450C675DB10DECF/20151210/sueldo/minimo/jugadores/lfp/subira/20


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